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miércoles, 12 de febrero de 2014

Organización administrativa de trabajo.

Organización administrativa de trabajo.

Organización Administrativa de Trabajo

Es parte de la ciencia del Derecho del Trabajo en general, el Derecho Administrativo de Trabajo. Paulatinamente ha venido significándose con caracteres propios que le vienen a dar autonomía propia en virtud de que cuenta con un método que proviene a su vez del Derecho Administrativo en general y su campo de acción está perfectamente definido; en cuanto que las autoridades de trabajo y previsión social, son las encargadas de administrar la política en materia de trabajo, según lo determine la Constitución Política de la República y las leyes ordinarias, así como el lineamiento estatal. La administración de la política laboral responde en su dinámica a toda una organización jerárquica, que va desde el Ministro del ramo hasta las dependencias e instituciones afines.